Se aprueba la Resolución Ministerial que permite el embargo directo por la Seguridad Social de cobros por TPV

El pasado 17 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de 7 de febrero de 2023, de la Tesorería General de la Seguridad Social, mediante la que se establece un procedimiento de colaboración de las entidades financieras en la gestión de obtención de información y práctica del embargo por medios telemáticos de los pagos efectuados a través de Terminales de Punto de Venta (TPV) a deudores de la Seguridad Social.

Con esta relevante Resolución, el Ministerio de Seguridad Social abre la puerta a los embargos directos por la Tesorería General de la Seguridad Social de los pagos que se reciban por el deudor a través de Terminales de Punto de Venta (TPV), para lo que se requiere la colaboración de las entidades bancarias.

De esta forma, a través del procedimiento administrativo regulado, la Tesorería General de la Seguridad Social podrá embargar directamente la cantidad recibida a través del TPV de forma instantánea. El procedimiento será el siguiente:

  • Primero, la Tesorería General de la Seguridad Social informará a las entidades bancarias adscritas la relación de deudores con la Seguridad Social que tienen vigentes expedientes de apremio y que son susceptibles de tener un TPV.
  • Las entidades bancarias deberán confirmar los datos de aquellos deudores que tengan TPV y aportar los datos de identificación del Terminal. 
  • La Tesorería General de la Seguridad Social notificará a las entidades bancarias las diligencias de embargos, que tendrán validez indefinida. Una vez notificadas, las propias entidades bancarias retendrán las cantidades que el deudor reciba desde el TPV y las ingresarán directamente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

De esta forma, la Seguridad Social podrá obtener las cantidades objeto de apremio con mayor agilidad, sin necesitad de trabar embargos a las cuentas bancarias del deudor, limitando al mínimo la posibilidad de reacción.

Esta nueva Resolución tiene efectos desde el 18 de febrero del 2023, aunque se materializarán progresivamente, una vez se adhieran y adapten las entidades bancarias. 

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