Modificación de los umbrales de la Directiva contable

El 24 de diciembre de 2023, entró en vigor una importante modificación de la Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se ajustan los criterios de tamaño que se tienen en consideración para determinar la categoría de las empresas y definirlas como micro, pequeñas, medianas y grandes.

En virtud de esta modificación, se incrementa en un 25% los límites del activo y de la cifra de negocios que, junto al número medio de trabajadores empleados, definen cada categoría de empresa, con el propósito de ajustar estos nuevos límites a la inflación acumulada, la cual se sitúa en un 24,3% en la zona euro desde el año 2013.

Esta modificación tiene que ser transpuesta a nuestro ordenamiento a más tardar el 24 de diciembre de 2024, de tal forma que los nuevos límites de activo y cifra de negocio resulten aplicables para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2024, pudiendo el Estado español permitir que las empresas los apliquen para ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023, aunque esto parece poco factible dadas las fechas.

Es decir, en la práctica, para la mayoría de sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, serían los ejercicios cerrados a 31 de diciembre de 2024 y, eventualmente, 31 de diciembre de 2023.

La transposición de la Directiva puede suponer que aumenten los límites establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para (i)poder formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados, así como (ii) no tener la obligación de elaborar el informe de gestión, ya que, los límites actuales de 4.000.000 € de activo y 8.000.000 € de cifra de negocios coinciden con los establecidos en la directiva para definir a la pequeña empresa, y éstos, tras la referida modificación, han pasado a ser de 5.000.000 € para el activo y de 10.000.000 € para la cifra de negocios.

Así mismo, es posible que se modifiquen al alza los límites actuales que permiten la aplicación del Plan General de Contabilidad de PYMES, formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no tener obligación de elaborar un estado de información no financiera y no tener que auditar las cuentas anuales.

En conclusión, estas modificaciones ofrecerían a numerosas empresas la posibilidad de simplificar sus obligaciones contables y reducir los gastos asociados a éstas. Habrá que mantenerse atentos a la transposición de la Directiva para conocer las normas españolas a las que afectarán los nuevos límites.

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